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DUDA LEGAL

 
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Autor Mensaje
lexgrey
Grumete Pirata
Grumete Pirata


Registrado: 25 Nov 2004
Mensajes: 14

MensajePublicado: 19/04/05 17:15    Asunto: DUDA LEGAL Responder citando

Estimados cofrades, someto a vuestra sabiduria la siguiente cuestion (por supuesto los caldos son de mi cuenta).
El caso es que entablo conversación con el gerente de una compañia de seguridad Rapperrr Rapperrr , cuyo cliente es un puerto deportivo de alto estanding, pues bien este puerto le encarga la seguridad, pero desde el mar, puesto que dentro del puerto hay viviendas a las cuales se accede desde el mar y por supuesto embarcaciones atracadas.
Este gerente agarra y pone una zodiac en la 7ª lista y a los vigilantes de seguridad les hace sacar el PER para patronear, los vigilantes van de uniforme y armados.
Yo le digo que lo que esta haciendo es ilegal. porque la embarcación deberia estar en la 6ª lista ya que se esta lucrando de este servicioy los vigilantes deberián tener un titulo profesional para patronear esta embarcación.
Ni que decir que esto degenero en discusión (amistosa), pero tanto me dio la carga con que era legal que me hace dudar. Por eso lo someto a la sabiduria de los cofrades. Adoracion Adoracion Adoracion Gracias Gracias [/quote]
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Pawnee
Corsario
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Registrado: 24 Nov 2004
Mensajes: 1791
Zona de Navegación: Rias Baixas

MensajePublicado: 19/04/05 17:23    Asunto: : DUDA LEGAL Responder citando

Pues no entiendo mucho de esto, pero creo que la 6ª es sólo para charter, alguien con más conocimientos te lo dirá.


Y venga esas rondas que estoy seco Borracho Borracho Borracho
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"Solo hay dos maneras de tener razón, una es callarse, la otra contradecirse"; Fernando Pessoa.
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2hulls
Capitán Pirata
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Registrado: 24 Nov 2004
Mensajes: 968

MensajePublicado: 19/04/05 17:31    Asunto: : DUDA LEGAL Responder citando

la zodiac es una herramienta de su trabajo,ergo es de fin lucrativo.lista 6º como minimo.7º lista es de recreo y solo de recreo.que hacen esos señores tomando el sol y encima armados????
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sultanrojo
Pirata
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Registrado: 19 Ene 2005
Mensajes: 150
Zona de Navegación: Castellón (de momento)

MensajePublicado: 19/04/05 17:37    Asunto: : DUDA LEGAL Responder citando

Que miedo, madre mía. No sé a donde vamos a llegar No No No
pero mientras quede cerveza y ron Brindis Borracho Brindis Borracho
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No hay viento favorable para el que no sabe donde va. (Lucio Anneo Séneca)
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cornamusa
Pirata Pata Palo
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Registrado: 24 Nov 2004
Mensajes: 398
Zona de Navegación: Cap Begur - Cap de la Fava - Cap Norfeu

MensajePublicado: 19/04/05 17:41    Asunto: : DUDA LEGAL Responder citando

Estimados tabernarios:

PIRATAS ARMADOS A ESTRIBOR!!!!

A POR ELLOOS!!!!!

Pirata Pirata Pirata
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"Pixo a l'avim,
al fons la mar blava,
allà, el Cap de Begur,
aquí, el cap de la fava"
Josep Mª de Segarra
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Pencroff
Pirata Pata Palo
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Registrado: 25 Nov 2004
Mensajes: 452
Zona de Navegación: Cantábrico

MensajePublicado: 19/04/05 17:46    Asunto: : DUDA LEGAL Responder citando

Que lo ponga en la misma lista que la lancha de la ertxaincha o como se diga ¿no?
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Suspenda usted lo que está haciendo y preste atención a mis señales.
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Pawnee
Corsario
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Registrado: 24 Nov 2004
Mensajes: 1791
Zona de Navegación: Rias Baixas

MensajePublicado: 19/04/05 17:48    Asunto: : DUDA LEGAL Responder citando

En teoría es para ir de un lado al otro dentro del puerto, por ahí puede venir el ¿vacio?

Y ya puestos otra duda:
¿El pañolero tiene que tener el PER y su barca ser de la 6º? Nunca me fijé en la matrícula de la barca del nautico.
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panxut
Hermano de la Costa
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Registrado: 22 Nov 2004
Mensajes: 4314
Zona de Navegación: Maresme Barcelona

MensajePublicado: 19/04/05 18:09    Asunto: : DUDA LEGAL Responder citando

Creo que el titulo es el de Patron de Trafico interior y la embarcacion lista 5ª

http://www.fondear.com/infonautic/Normativa/Matriculacion/ListaRegistro.htm
http://www.mfom.es/marinamercante/subdireccion_trafico/titulaciones.htm
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.-El arca de Noe fue construida por amateurs. El Titanic por profesionales.
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LP706
Corsario
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Registrado: 24 Nov 2004
Mensajes: 1231
Zona de Navegación: CADIZ

MensajePublicado: 19/04/05 19:03    Asunto: : DUDA LEGAL Responder citando

Hola a todos:

En cualquier caso deberá ser una titulación profesional y la embarcación no creo que pueda ser considerada de recreo.

Por otro lado, hace algunos años estudié la creación de una empresa de seguridad, y los vigilantes solo podían prestar servicio dentro de recintos cerrados, mucho han tenido que cambiar las normas para que actúen en el mar.


Saludos.
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panxut
Hermano de la Costa
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Registrado: 22 Nov 2004
Mensajes: 4314
Zona de Navegación: Maresme Barcelona

MensajePublicado: 19/04/05 19:06    Asunto: : DUDA LEGAL Responder citando

Si la urbanizacion es de Pasta Gansa (alto standing), haran lo que quieran Cagando
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.-El arca de Noe fue construida por amateurs. El Titanic por profesionales.
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lexgrey
Grumete Pirata
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Registrado: 25 Nov 2004
Mensajes: 14

MensajePublicado: 19/04/05 19:27    Asunto: : DUDA LEGAL Responder citando

El puerto es sotogrande. asi que me parece que se pasaran las leyes por el arco
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panxut
Hermano de la Costa
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Registrado: 22 Nov 2004
Mensajes: 4314
Zona de Navegación: Maresme Barcelona

MensajePublicado: 19/04/05 19:32    Asunto: : DUDA LEGAL Responder citando

Co*o lexgrey, al ver que sólo tenias tres mensajes pense que eras un novato y resulta que eres un verdadero fundador de esta Gran taberna, cito tu reentrada

lexgrey escribió:
Vergantes, casi me mato al entrar en la antigua, con los trastos que habeis dejado y sin avisar. MENOS MAL QUE MI AMADO Y NUNCA PONDERADO Adoracion Adoracion TABERNERO SE DEJO EL MAPA DEL TESSSSORO Cuñaaooo Cuñaaooo Pirata Pirata Y YA TOY AQUI Pirata Pirata


SAlud Borracho Brindis [/code]
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bertareli
Pirata Pata Palo
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Registrado: 28 Dic 2004
Mensajes: 221
Zona de Navegación: cantabrico-mediterraneo

MensajePublicado: 19/04/05 20:10    Asunto: : DUDA LEGAL Responder citando

Saludos a todos.
Antes de proceder a discutir el tipo de titulacion que hace falta y si la embarcacion debe estar en una u otra lista, me plantearia la siguiente pregunta¿Es legal que una empresa privada patrulle en el mar , con armas ?.No conozco la ley de costas dado que no es mi especialidad pero me parece que no.Dudo que esa empresa tenga permiso del correspondiente ministerio,dado que aunque sea una urbanizacion privada,y el pùerto sea una concesion administrativa a una empresa privada, el estado haga dejacion de sus facultades en cuanto a vigilancia y control de puertos y costas..No obstante no hay mas que pedir a la empresa que te enseñe el permiso correspondiente.Saludos Brindis Brindis
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lexgrey
Grumete Pirata
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Registrado: 25 Nov 2004
Mensajes: 14

MensajePublicado: 19/04/05 20:17    Asunto: : DUDA LEGAL Responder citando

La verdad es que intervengo muy poco o casi nada, ya sabes el trabajo obligaciones, familia etc. Pero siempre que puedo os leo y sigo porque la taberna se ha convertido en mi relajante particular. En relación desde cuando pues practicamente desde la primera taberna con el nombre de KLUH HACE YA LA TIRA DE TIEMPO ( OTIA QUE MAYOR)En fin, aunque no intervenga, estoy. Hago Shasss y aparezco en la taberna Me parto Me parto Brindis Brindis Brindis Cuñaaooo un saludo
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vigiadeoccidente
Capitán Pirata
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Registrado: 24 Nov 2004
Mensajes: 809
Zona de Navegación: Superficie

MensajePublicado: 19/04/05 21:24    Asunto: : DUDA LEGAL Responder citando

Oyesss, contestando como simple amateur, pues se trata de materia ajena a mis múltiples y eruditas actividades, creo que la pregunta puede dividirse en dos:

a).- Si los seguretas tienen competencias para patrullar armados en un espacio que por definición es dominio público

b).- Si para ello pueden patronear una embarcación de la 7ª con el PER

La primera de las cuestiones, en lo poquito que he mirado es cuando menos dudosa a tenor de lo establecido en el artículo 13 de la Ley de Seguridad Privada, salvo que en un alarde pudiera calificarse el recinto portuario -vamos, lo que los expertos denominamos "el agua"- como "Urbanización Privada", en cuyo caso deberían contar con autorización expresa:




Artículo 13.

Salvo la función de protección del transporte de dinero, valores, bienes u objetos, los vigilantes de seguridad ejercerán sus funciones exclusivamente en el interior de los edificios o de las propiedades de cuya vigilancia estuvieran encargados, sin que tales funciones se puedan desarrollar en las vías públicas ni en aquellas que, no teniendo tal condición, sean de uso común.

No obstante, cuando se trate de polígonos industriales o urbanizaciones aisladas, podrán implantarse servicios de vigilancia y protección en la forma que expresamente se autorice.



En la segunda cuestión, estoy con nuestro Neverero/Recepcionista Sr. Panxut, lista 5ª y titulación profesional, salvo que alguien convenza al Segureta (y a sus acompañantes) de que navegan por puro gustirrinín y sin percibir sueldo por ello.

Vamos, creo yó.. pero no se..
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DIAS DE CARRERAS
Pirata Pata Palo
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Registrado: 06 Abr 2005
Mensajes: 278
Zona de Navegación: La vida

MensajePublicado: 20/04/05 10:39    Asunto: : DUDA LEGAL Responder citando

Además de lo que opina Panxut, desde el punto de vista de la legislación de riegos laborales, en la evaluación de riegos de esos puestos de trabajo o de ese centro de trabajo, se le exigirá al patrón la titulación profesional adecuada y la correspondiente a la embarcación... en caso de accidente, tendría la consideración de laboral... y no te cuento los problemas que pondría la mutua para pagar... en fin ojala no ocurra nada a nadie.

Yo soy de los que piensan que los recintos privados, los debe vigilar el propietario, que para eso es privado... hay que saber si ellos usan la embarcación para vigilar una zona de dominio público o simplemente para trasladarse de un lado a otro para vigilar zona privada, en tal caso, pienso que se trataría como si usan un coche privado para ir de una zona a otra.

Por último me asalta una pregunta ¿el arma no es solo obligatoria si custodian valores o dinero?.
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MI HONRA ESTA EN JUEGO... Y DE AQUI NO ME MUEVO
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