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Matriculación de Barcos de Regatas

 
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Atlant
Pirata
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Registrado: 24 Nov 2004
Mensajes: 192
Zona de Navegación: Agua

MensajePublicado: 11/10/05 16:15    Asunto: Matriculación de Barcos de Regatas Responder citando

Tengo en barco en Canarias, disputando las regatas IMS500 del Circuito (bueno: Gran Canaria y Lanzarote: presupuesto manda...).

El barco es un Botín&Carkeek 52' puro y duro de regatas, construido por Neville-Hutton para tal fin: interiores vacíos, mamparos estructurales por doquier, etc, etc,... en fin: difícil su reconversión en crucero (aunque no estoy interesado para nada).

Dispongo de un Certificado de la RFEV confirmando que se trata de un Barco de Regatas y destinado a tal fin, y por ello dispone de nºde vela y está en el Registro que la RFEV tiene al respecto.

Una Circular Estatal de 2004, recuerda a todos los interesados que 'las embarcaciones destinadas exclusivamente a Regatas están exentas de matriculación'. Ello me exime pues de la matriculación.

Redundando en ello, realicé en su dia la consulta al Capitán Marítimo de mi zona, contestándome él que mi barco -al no disponer de certificado CE y noséquémandangas- no se puede matricular. Ni con proyecto de ingeniero ni nada de nada. Sencillamente él no puede ni siquiera darme un pasaván pues según sus registros, mi barco no existe como tal, remitiéndome al citado Decreto o Circular del 2004 para justificar la existencia de mi barco. Al fin y al cabo, es un barco de 15,50x3,99x3,40 y 10,5Ton, que 'supuestamente no existe'...

Pues bien:

El mismo día que zarpaba el barco hacia canarias hace tres semanas (con seguro en regla, radiobaliza, balsas homologadas y todo lo que según el ORC se exige a un barco de regatas en travesías), agentes de la PaFiTe (Patrulla Fiscal Territorial), quisieron detener el barco aduciendo que no estaba matriculado, y por lo tanto no podía navegar. Salvé el precinto con el compromiso de entregarles al día siguiente un pasaván del Capitán Marítimo, o algo similar... Pasaván que luego el Capitán no pudo emitirme, por los motivos anteriormente explicados.

No obstante, el barco zarpó, y ahora está en Canarias como ya he dicho...

Lo fuerte es que hoy mismo he recibido la 'amable' visita de dicha patrulla de la GC en mi despacho, pidiéndome dichos papeles, ante lo que yo les he informado de la imposibilidad de conseguirlos por en simple hecho de que mi barco NO ES MATRICULABLE. No sólo no lo han entendido, sono que sé a ciencia cierta -porque me lo han dicho textualmente- que cuando el barco vuelva a aguas de Ibiza/Formentera, será precintado por no disponer de matrícula.

Evidentemente existe un vacío legal para con los barcos exclusivamente de regatas, pues si bien dicha Circular de 2004 expresa con claridad que los mismos estan exentos de matriculación, se entiende que dicho estátus es aplicable solamente en situación de regata o si apuramos el término, de entrenamiento para dicha regata... ¿Pero qué pasa con los transportes? Según lo entiendo, no se puede navegar con el barco por aguas 'generales' pues no está considerado como tal... Ante lo que se tendría que suponer que TODOS los barcos en mi situación DEBEN FORZOSAMENTE ser transportados de puerto a puerto mediante transportes alternativos: cunas de varada, carriers, etc...

Cristabella, Bribón, Caixa TP52' e IMS56', Aifos, CAM, Atalanti, Santa Ana, Tau, Azur de Puig, (¿Luby?), La Maison, Siemens, Balearia, muchos IMS600 punteros, etc, etc,... En total más de 20 barcos en esta situación en España... Todos ellos barcos sin tener posibilidades de ser matriculados (construidos fuera de los parámetros CE), que estan sufriendo un vacío legal en cada transporte o desplazamiento que realizan. E incluso según la 'voluntad' o mala leche del PAFITE de turno, también estan siendo ilegales en los entrenamientos.

Sé que la RFEV ha contratado a un bufete de abogados para que tramite éste asunto ante el Ministerio Fiscal (al fin y al cabo todo acaba siendo por lo mismo: la pasta), pero no sé si hay resoluciones al respecto... He odio que tanto Cam como Zurich han tenido problemillas con esto (no sé si a nivel de inspecciones de hacienda o inspecciones en mar), pero lo cierto es que la cosa está que arde...

Quizás para el mundillo del crucero eso no os afecte, e incluso penséis 'o todos moros o todos cristianos' y a pagar tocan, pero el fondo del asunto no es si pagar o no pagar el dichoso Imp. de Matriculación, sino si es de cajón que se le exija a barcos que No se Pueden Matricular por su propia concepción de barco extremo e inhábil para crucero, dicha matrícula que no puede conseguir de ninguna manera legal.

¿Qué pensáis?

Mientras, me quedaré deshojando la margarita de los días que tardará el barco en llegar a puerto, a ver si se ha llegado a alguna solución salomónica al respecto.

Salu2[/u]


Ultima edición por Atlant el 17/10/05 08:56, editado 1 vez
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coletas
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Zona de Navegación: Rías Bajas

MensajePublicado: 11/10/05 16:23    Asunto: : Matriculación de Barcos de Regatas Responder citando

¿Van a precintar también el Bribón?, si no es así, denuncia y dales los datos de donde pueden encontrarlo.

Pirata Pirata Pirata
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sotileza
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MensajePublicado: 11/10/05 16:26    Asunto: : Matriculación de Barcos de Regatas Responder citando

Matriculalo en algún pais pirata y contrata a un "guiri" en la tripulación.

Hacienda nos obliga a pecar

Saludos Pirata
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En mi isla, al caer la tarde, los viejos marinos exageran aventuras pasadas y los jovenes fingen admirados que se las creen...
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Atnem
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MensajePublicado: 11/10/05 18:15    Asunto: : Matriculación de Barcos de Regatas Responder citando

Hola Atlant, comprendo tu preocupación y desesperación, pero lo que comentas es algo que siempre me he preguntado al respeto.

Espero que no me malinterpretes, pero mi razonamiento va por ahí: Estando como estamos en un país donde el papeleo es el rey, donde para hacer un paso se debe hacer instancia por triplicado, donde las comparaciones con países vecinos, sobre todo en la náutica, son sonrojantes, extraña que lo que se exije a unos, otros queden al descubierto.

Digo por delante que no es lo de todos moros o cristianos, pero se ha de admitir que si a todo quisqui se nos exigen homologaciones, ITB y otras zarandajas (pagos) para navegar, ¿porque a otros no?. Si el legislador aduce que tales certificados son en pos de la seguridad y tal, de Ibiza a Canarias, ¿no es el mismo trayecto que haría un barco pachanguero o el mio?.

Si hacemos el paralalelismo con el automovilismo, los coches del WRC deben estar matriculados para poder circular en los tramos abiertos, y aún aquí, las carreras se realizan en tramos cerrados, cosa que en el mar no ocurre. Es decir, aún en medio de una regata, nos podemos cruzar tu barco y el mío (yo de paseo haciendo el curri), con un nivel de exigencias radicalmente distinto entre uno y otro: ¿porqué?.

Insisto, no es que esté de acuerdo con lo que te ocurre. Más bien que creo que es debido a dos cosas distintas: una que el nivel de exigencias a unos es exagerado y otro, que estamos en un país donde por mucha CA que se celebre, seguimos sin tener pu*a idea de lo que es la náutica y menos la de regatas.

Que tengas suerte con el desenlace, te lo deseo de todo corazón.
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Buena proa!
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Merluzzo
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MensajePublicado: 11/10/05 18:34    Asunto: : Matriculación de Barcos de Regatas Responder citando

Hola Atlant
A mi me pasó lo mismo con el Platu. De salida decidimos no matricularlo, ya que sólamente iba a salir a regatas y a entrenos (por no llevar, no lleva ni WC ni luces); pero hete aquí que a las primeras de cambio nos paró la GC en un entreno y nos dieron un susto del copoing. Suerte que también estábamos estrenando ropa logotipada, pegatas y tal y cual y nos dejaron marchar.

Como después hicimos alguna regata en otras Rías y el transporte es siempre por mar, decidimos matricular y pagar unos 3mil EUR del ala. Al ser barco de serie no nos pusieron pegas, pero lo tuyo es peor al ser un proto.

La verdad es que todavía hoy estoy pensando si hice el camelo matriculando Cabreao
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A Velas Vir
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estruc
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MensajePublicado: 11/10/05 18:43    Asunto: : Matriculación de Barcos de Regatas Responder citando

Pues si, a nosotros nos paro en el transporte del barco al puerto de la regata la patrullera de aduanas y despues , seguramente avisada por esyos la G. civil y que te pongas como te pongas, que asi no podiamos navegar...fuimos perdonados y avisados que a la proxima¡¡¡¡¡¡¡¡¡¡¡¡¡¡¡¡

Cabreao Cabreao
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Brindis
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Ocell (3NY)
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MensajePublicado: 11/10/05 19:09    Asunto: : Matriculación de Barcos de Regatas Responder citando

Perdona Atnem, no estoy de acuerdo en lo que dices, creo que un barco de regatas es un barco de regatas y el tuyo es el tuyo, que le pidan una serie de papeles adecuados para el uso en regata, me parece bien, pero que te pidan el tanke de KK en un barco de regatas, pues no.

¿El impuesto de matriculacion?, CREO, que la ley dice que un barco de regatas no debe pagar impuesto de matriculación, pues a que viene todo eso. Y que le pongan pegas a un transporte hacia una regata.... pues que quieres que te diga, son ganas de tocar los collons (cojones en catalán)

Por supuesto yo iría directamente a denunciar al bribon y al Aifos, a ver si todos pasamos por el aro. Lo malo de todo eso es que la presunción de inocencia no existe con los de Aduanas. Por mis cojones que te lo precinto y punto, por mis cojones que esto no es un barco de charter y paga, por mis cojones........

En fin, somos una pandilla de bocazas por llorar en un foro y no hacer nada serio al respecto....¿acaso haríamos alguna cosa cuatro mataos???

Saludetes

Ocell
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willy_coyote
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MensajePublicado: 11/10/05 19:51    Asunto: : Matriculación de Barcos de Regatas Responder citando

Consuélate: tienes un auténtico barco pirata. Pirata
A lo mejor matricularlo en qué sé yo, tortuga, caimán, o madagascar puede ser una solución, y además hace bonito tener un barco con bandera "pirata".

Tiene que haber una solución para matricularlo. Un tercer país, por ejemplo. Quién te verá buscando como un loco algún caboverdiano para poder mover el barco. Y no digo caboverdiano por decir: hay muchos marineros caboverdianos.....

Por lo demás, los coches de carreras no se llevan conduciendo por carretera de prueba a prueba. Vamos, yo nunca me crucé a Alonso en un traslado.
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bertareli
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MensajePublicado: 11/10/05 20:45    Asunto: : Matriculación de Barcos de Regatas Responder citando

Saludos:
Ante todo mi sincera solidaridad ante un tema que tambien me ha tocado.Cuando compre un ex Telefonica y ex Bribon lo compre por supuesto sin matricular y solo con el papel de la federacion.No obstante al cabo de unos meses lo matricule para evitar problemas, y no tuve ninguno (Excepto pagar el Iva e impuesto de matriculacion Verde ).En tu caso hay que llegar a la conclusion de que te toca pelear.Si aduanas o la Gc. te precinta el barco, lo debe hacer en base a una reslucion administartiva,argumentando en que ley y que Arts incumples.Ante esta resolucion cabe recurso de reposicion, alzada y si no a la administarcion ordinaria, mediante el Contencioso Administartivo.Tengo mi duda, de siendo tan clara la ley y amenazando con un procedimento Judicial, el organismo oficial que sea, siga adelante con el tema.
Ya se que es un autentico enredo ,empezar con esos temas, pero en tu caso, siendo un barco de importancia, con un valor alto, creo que puede salirte mas economico en tiempo y en dinero, defender lo que consideras que es de justicia, que plegarte a las absurdas deciones de una funcionario.
No obstante, si crees que van a ir a por tu barco, anticipate.Consula con un despacho de abogados especialista en el tema, y que te haga un informe Juridico, en favor de tus tesis, y presentalo con una consulta ante tu Capitania Maritima.En caso que te paren, estaras demostrando que el tema esta en estudio, y si no te contestan(Que tienen obligacion) o te contestan de manera negativa, te tendran que argumentar en que se basan, con lo que ya tendras datos para poder actuar.
Perdon por el ladrillo, y espero que te sirva de ayuda Brindis Brindis
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Atlant
Pirata
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MensajePublicado: 11/10/05 21:21    Asunto: : Matriculación de Barcos de Regatas Responder citando

Sé que está un despacho de renombre siguiendo el tema desde Barcelona, incluso me dijeron que había tenido una reunión nuestro Presi Sr. Pombo con el mimistro Solbes... Pero no eso aún no sé nada.

El simil con los coches de rallies no es del todo adecuado: un coche se mete en un remolque de 800 euros, y te lo llevas donde quieras...¿Cómo meto el barco con sus 3,40 de calado en un remolque? ya hay pocos barcos tipo carrier habilitados para ello, y te aseguro que no siguen el circuito de regatas precisamente...
Además si algo diferencia a la mar de las carreteras, es precisamente la condición de espacio y libertad de movimientos que tienes en el mar respecto al carril super acotado que tienes en la carretera. No es comparable me temo.

Fíjate que precisamente para eludir el problema con los Copa América, ya sacaron una Circular que eximía de papeleo a todos los veleros compitiendo, y además a los tender, auxiliares, etc, etc... Pero ya se sabe: presiones se hacen cuando hace falta...

Lo de matricularlo en un país exterior... Pues no lo había pensado... A quien sepa algo al respecto, que me lo diga, quizás sea lo más sencillo.

Por cierto Atnem: siendo como eres 'carne de regatas', reconocerás que los que solemos competir en regatas de altura, no sólo tenemos todos los elementos de seguridad y prevención necesarios, sino que los solemos superar con creces, e incluso los revisamos a conciencia antes de cada travesía; lo que me temo que mucho crucerista con todas las bendiciones oficiales, no debe hacer muy a menudo...¿Quién revisa la jarcia antes de cada salida? ¿Quién revisa prensaestopas, aceite de motor, llaves de fondo, eje de timón, etc, etc,...? me parece que muy pocos de nosotros, saliendo en un crucero, nos preocupamos en exceso de esto.

Ya informaré la semana que viene; ahora me voy a Lanzarote, a competir y -espero- que la comunicación de la Benemérita funcione tan bien como de costumbre: es decir que en Lanzarote no me venga la PaFiTe de turno a precintar el barco, avisados desde Ibiza!!

Salu2
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willy_coyote
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Zona de Navegación: galicia norte

MensajePublicado: 11/10/05 22:07    Asunto: : Matriculación de Barcos de Regatas Responder citando

Hombre, atlant, lo decía un poco en tono de broma.
El hecho de que no sea ce no tiene que impedir su matriculación. Los requerimientos ce tampoco creo que sean tan horribles. Mira el bicho de miah. No era ce y se pudo matricular.
No quiero calentarte la cabeza, chico. Lo del abanderamiento pirata era un chiste, pero si te vale como idea....
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ercapitantan
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MensajePublicado: 12/10/05 00:22    Asunto: : Matriculación de Barcos de Regatas Responder citando

Brindis
pero bueno,

estimado atlant, lo que tienes es un simple problema técnico-administrativo-fiscal, déjate de abogados y de problemas jurídicos, que te van a liar y a sacar los cuartos.

Tienes un barco de regatas, necesitas transportarlo por mar,
tienes a la administración marítima y sobre todo al seguro, que se te echarían encima si tuvieras un "incidente".

La solución es muy simple...., ponte legal...

El conseguir la situación de legalidad es por una parte:

desde el punto de vista técnico,

conseguir el marcado CE, mediante proyecto y pago a una entidad notificada por su certificación.

desde el punto de vista fiscal, intentar pagar los mínimos impuestos, matriculando el barco en lista 6ª. (exención del 12% de matriculación e intentar desgravar el IVA del valor declarado, mediante facturas de tu patrocinador o charteadores).

Puedes ponerte en contacto conmigo o con los que dicen que han arreglado los papeles del miah, o cualquier otro de por ahi

pide presupuestos, fiabilidad y elige

saludos Brindis
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Atnem
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MensajePublicado: 12/10/05 01:07    Asunto: : Matriculación de Barcos de Regatas Responder citando

Hola Atlant, cuando escribí el anterior post ya temía que pudiese ser malinterpretado en algunos extremos.

Vaya por delante que te entiendo totalmente, estoy contigo y, en tu lugar estaría igual de encendido que tu.

Mis comentarios iban en el sentido de que si hay unas obligaciones/normativas para navegar (que son éstas con las que ya no estoy tan de acuerdo), bajo el punto de vista del legislador (que no tiene ni zorra de barcos y menos de regatas) debe aplicarse a todo el mundo.

Míralo por otro lado: si se hiciese la manga ancha con los barcos de regata, ¿cuántos barcos irían sin matricular, similar a lo que ocurre ahora con la lista 6ª, de la cual no tienen nada?. Que conste que no soy yo quien impone los impuestos, exigencias y demás, si no solo uno que los sufre.

Añadir que tienes toda la razón en cuanto seguro tu barco está más puesto al día que la inmensa mayoría incluido el mío.

Finalizaría dándote un consejo si me lo permites: evita meterte en pleitos y follones, seguro tienes más a perder que a ganar. Muy posiblemente encuentres a alguien que llegue a entender verdaderamente el problema y te dé la solución o la vista gorda.

Suerte otra vez!

P.D.: Como aclaración, no me considero en absoluto carne de regatas. Aunque participo en muchas, lo hago casi exclusivamente como un aliciente más para navegar, que ni tan siquiera es el principal. Considero que así me siento más liberado de los resultados y disfruto más.
Si pudiese, estaría navegando a muchas millas de aquí... sin regatas.
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rom
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MensajePublicado: 12/10/05 01:19    Asunto: Re: : Matriculación de Barcos de Regatas Responder citando

Atlant escribió:


El simil con los coches de rallies no es del todo adecuado ...


Que no es adecuado?? Cómo se traslada la caravana del Paris Dakar cuando cruzan la península?? Y hay protos también...

Suerte con ese papeleo!!

Brindis
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JVII
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MensajePublicado: 12/10/05 02:27    Asunto: : Matriculación de Barcos de Regatas Responder citando

ELIMINO EL TEXTO ORIGINAL QUE AQUÍ PUSE Y LO PONGO EN MI SIGUIENTE INTERVENCIÓN, PERO COMPLETÁNDOLO CON UN PÁRRAFO NORMATIVO QUE ME PARECE IMPORTANTE DESTACAR.

ES PARA NO REPETIRME DOS VECES CON LO MISMO Y HACER ESTO MÁS CORTITO.


Ultima edición por JVII el 12/10/05 14:14, editado 2 veces
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Charran
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MensajePublicado: 12/10/05 05:32    Asunto: : Matriculación de Barcos de Regatas Responder citando

Cristabella, Bribón, Caixa TP52' e IMS56', Aifos, CAM, Atalanti, Santa Ana, Tau, Azur de Puig, (¿Luby?), La Maison, Siemens, Balearia, muchos IMS600 punteros, etc

Esos,sí pueden y tú nó?...seguro que el Bribón esta legal...no podría ser de otra manera,o sí?...la solución que le den ó dieron es la misma para tí,por aquello de que todos somos iguales ante la ley...o nó?...Mucha suerte y mejor ponte en manos de un "técnico" de los que conocen los "atajos que están en el espíritu de las distintas leyes,decretos,disposiciones,etc aunque sean contradictorias" y no me refiero a ningún "Torrente"...Enhorabuena por el barcazo y ánimo.Saludos.
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Quienes no comprendan que el velero es un ser vivo jamás entenderán nada de la mar ni de los barcos.Bernard Moitesier.
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Keith11
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MensajePublicado: 12/10/05 10:34    Asunto: : Matriculación de Barcos de Regatas Responder citando

Que en el siglo XXI pasen estas cosas en España... me hace pensar que aun nos queda mucho por mejorar...

Son como el perro del hortelano... ni come ni deja comer...te obligan a matricularlo pero no te facilitan el hecho porque dicen que el barco no tiene (NI TENDRA) los requerimientos tecnicos para ello...

O sea ...como no es su problema..."a él que le cuentas"..."El siguienteeeee"

Eso sí la "jet set" haciendo lo que le sale de los coj***...

Pais
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La unica presion que conozco en una regata es la de la cerveza que me sirven en el bar !!

¡¡¡ Vive y deja vivir....!!!
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ercapitantan
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Zona de Navegación: la bahia

MensajePublicado: 12/10/05 10:49    Asunto: : Matriculación de Barcos de Regatas Responder citando

No se
es verdad lo que dice JVII, respecto al pago del impuesto de matriculación, al tener tu barco más de 15 m de eslora no te libras ni con la lista 6ª, hay que pagar el 12%.

Respecto a la lista de barcos que citas, pues no sé si tienen marcado CE, lo que si te digo es que los dos barcos últimos barcos de ONO (VROLIJK 37 y 46), los hemos homologado aquí y llevan su marcado CE para matricularse sin problemas donde quieran.

En realidad es el diseñador o el astillero el que debería de haberte suministrado el marcado CE, que es obligatorio para todos los barcos construidos después del 98.

Charran, respecto a esos "atajos" que citas, a la hora de un siniestro, el seguro se agarra a un clavo ardiendo para no pagar.

a la Caixa, Tau, etc, supongo que les importa un pepino perder el valor del barco o que les pongan una multa por infracción administrativa, pero a un particular, pues creo que no.

saludos
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JVII
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Registrado: 15 Jul 2005
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MensajePublicado: 12/10/05 14:06    Asunto: : Matriculación de Barcos de Regatas Responder citando

Hombre de poca fe, y te pregunto yo ¿Por qué cojones no me llamaste? Además mira por donde, la semana pasada estuve con quien es el inspector general de la zona.

Y ahora caigo, cuando hablamos no por telefono no me comentaste nada. UUUUUUUUUU!!!!! No se si enfadarme.

Bah!!!!! Seguro que ni te acordaste. Si es que tienes la cabeza en mil cosas, y eso no es bueno.

Pero olvídate de la capitanía de mi ciudad (de la cual depende la de la tuya), que con el bueno de Gabriel hay poco que rascar como no esté todo en regla previamente. No se pero me da que veo tú barco por aguas más frías de escala antes de ir de vuelta a su casa. Eso sí, como mínimo para cualquier transporte con un PASAVANTE por delante.

Igual tienes suerte, por el tema político, pero poco creo que tiene que rascar el señor Pombo ante Solbes. Y más no llevando ningún tripulante de la casa real a bordo. Porque de hacienda, mira que llevan años constructores, asociaciones, astilleros, incluso colegios profesionales pidiendo cambios.

Para empezar se ha confundido de ministerio, porque el tema es cuestión de fomento. Y segundo, si está inscribiendo en el registro de la RFEV embarcaciones no matriculadas en séptima (y encima diciendo que no hace falta matricularse) entonces ha metido la pata hasta el fondo. Por tanto, es él el responsable y quien debe abonarte daños, perjuicios, multas y demás.

Todo barco, sea de donde sea está obligado por miles de convenios internacionales (todos suscritos por España) a navegar bajo un pabellón. El acto administrativo por el cual y tras su tramitación se autoriza a que un buque o embarcación enarbole pabellón nacional se llama ABANDERAMIENTO, y matriculación el acto.

Los pasavantes, que se dan para el traslado o su importación desde un país extranjero (habitualmente para barco ya abanderados en otro país: PROBLEMA 1 QUE TENDRÁS ) son como máximo por 6 meses.

Por estar el barco a nombre de un titular, persona física o jurídica, española no te queda más cojones que matricularlo en SPAIN, y pasar por caja. La exención de lista sexta para el impuesto de matriculación acaba en los 14,99 metros de eslora (PROBLEMA 2), y mejor sexta por lo que luego pongo.

El Real Decreto 1027/1989, sobre abanderamiento, matriculación de buques y registro marítimo deja el tema clarillo.

Por en medio hay el tema, ya no del proyecto, sino incluso que igual, tal vez, tienes que certificar CE el barco, que es proyecto + inspección por entidad certificadora. El criterio a aplicar CE o 7/95 lo elige el inspector del puerto a matricular, aunque siempre es bueno forzar la respuesta desde Madrid.

Son proyectos muy sencillitos. De los dos ya tengo hechos para veleros más pequeños, aunque llevan su tiempo.

Y me diras, ¿Entonces donde coño entra la RFEV?

En la ORDEN del ministerio de fomento de 18 de enero de 2000 por el que se aprueba el despacho de buques.

Artículo 3 AMBITO DE APLICACIÓN

Punto tercero
“Están exentas las embarcaciones de SÉPTIMA LISTA que naveguen a vela, cualquiera que sea su eslora, que tengan número de vela registrado en la Federación Española Deportiva correspondiente y que participen en competiciones. La ordenación y control de estas embarcaciones podrá estar ejercido, bien directamente por la Federación Española Deportiva, o bien a través de las federaciones autonómicas.”

Es decir, según lo publicado en BOE hay obligación de matricularse, y se está exento de despachar (es decir de las ITB`s y de las inspecciones periódicas).

De la RFEV no tengo no P*** I*** de quien lleva este registro. Por lógica debiera ser Miguel Rosa (Ing. Naval), pero a saber.

Por cierto, el compi que te presenté en la Copa, ha sido nombrado jefecillo de certificados del RN. Tengo que preguntarle por el tema.

La disyuntiva nace sobre qué reglamento técnico hay que aplicar. Pero esto ya sabes que se resuelve consultándolo un técnico (es como lo del superyate, otra cosa es que te ensombreciera en la copia que te mandé la norma técnica aplicable, y su organismo internacional emisor; correspondiente a un libro en inglés gordísimo que tengo fotocopiado como yo pensaba en un principio, y ahora lo tengo confirmado por notificación oficial, y te aseguro que es un tema que menos de 10 personas ajenas a la administración sabrán en España).

Esta disyuntiva es debida a las interpretaciones que puedan dar. Porque ni la directiva CE, ni la vetusta circular técnica 7/95 son aplicables a las embarcaciones de regata DESTINADAS EXCLUSIVAMENTE A COMPETICIÓN. Y aquí ya la liamos, pues un traslado no es una participación en regata, ni salir a entrenar fuera de los días previos a un trofeo (esos que denominan como días de mediciones e inscripciones). Pero igual lo admiten como parte de un uso exclusivo de regatas.

Pero esta es cuestión para técnicos.

Sino, como han dicho para quitar cualquier problema se certifica CE diseño A, y sirve para todo (regatas, cruceros, charter, etc...). Y pa mi que cumples de sobra, bueno el STIX tendría que mirarlo, es cuestión sino de poner algún plomillo o cala pequeña (que luego se quita en regatas no oceánicas), y no como hacen con los X-37, o los Bavaria Macth, quienes los modifican para regatas IMS, que son más que burros y quitan para las regatas los bulbos; ignorantes de que son modificaciones importantes que invalidan en sus barcos el marcado CE y todos los seguros en caso de accidenete si se da cuenta el perito).

Tú velero es del 2001, por tanto queda dentro del ámbito de aplicación de la directiva CE para abanderarlo y matricularlo en España, y poder usarlo algo más que en regatas (sólo regatas).

Entra en el caso particular de embarcaciones ya construidas:

Para la evaluación de la conformidad de embarcaciones ya construidas sólo podrán aplicarse los módulos G, Aa ó A. Serán de aplicación todos los requisitos básicos de seguridad.(*)

Se incluyen en este caso:
- Embarcaciones que no hubieran sido construidas, puestas en el mercado o puestas en servicio en el territorio del Estado Miembro de la UE antes del 16 de junio de 1998
- Embarcaciones construidas para uso personal cuando se saquen al mercado dentro de los cinco años siguientes a su construcción
- Embarcaciones proyectadas exclusivamente para regatas, o embarcaciones de tipo experimental, que requieran más tarde el marcado CE.

El propietario, el importador o la persona que ponga la embarcación en servicio en la UE asumen el papel del constructor y por tanto son considerados como la persona responsable en este contexto.

El propietario o la persona que ponga en servicio la embarcación en la UE es también el responsable de elaborar la documentación técnica y conservarla durante al menos diez años.

PERO CUIDADIN, EL MARCADO CE LLEVA UN LÍMITE DE MÁXIMO 12 PERSONAS EMBARCADAS A BORDO PARA TENER VIGENCIA. Y aquí entramos en otra disyuntiva y vacío normativo a discutir con la DGMM y dependiente de sus interpretaciones.

Sólo espero que hayas acertado con los abogados, porque el tema es ..... Bueno, esto no lo pongo aquí porque si lo leen, es por no darles ideas por si quieren aumentar la recaudación. Y si ya han empezado, ándate con ojo con la auxiliar y el resto de la flota.

PD.: Cuando pongas o comentes estos temas, te recomiendo que quites tus datos (como el numeral de vela) de tus intervenciones, que das pistas al enemigo. Que luego pones buscar en google y salen los enlaces a la taberna y ya la cagamos. Es decir, yo lo editaría
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willy_coyote
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Zona de Navegación: galicia norte

MensajePublicado: 12/10/05 16:50    Asunto: : Matriculación de Barcos de Regatas Responder citando

Oderrrrr JVII. Tamos apañaos. O sea, que ¿¿es cierto que un snipe necesita matrícula??

Yo es que me estoy haciendo un lío tremendo.
O sea, que tengo que conseguirle marcado ce o bien que cumpla la circular del 95 a mi snipe!.
A ver si me entero: ¿tendría entonces que llevar bengalas, rezón, y zarandajas en el snipe? ¡Por los clavos de cristo!.
_________________
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ercapitantan
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Pirata Pata Palo


Registrado: 26 Nov 2004
Mensajes: 300
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MensajePublicado: 12/10/05 18:17    Asunto: : Matriculación de Barcos de Regatas Responder citando

Me parto Me parto

no joé, el snipe no,

pero si se te ocurre traerlo navegando desde canarias a barcelona y te pilla la GC en el camino,

se te cae el pelo, te van a emplumar,
(sobre todo si no lleva tanke de kk)

Me parto Me parto

Velero Velero
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Atlant
Pirata
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MensajePublicado: 17/10/05 09:01    Asunto: : Matriculación de Barcos de Regatas Responder citando

Gracias a todos por las respuestas. Acabo de leerlas (he estado desconectado estos días), y realmente intentaré 'legalizar' el barco.

Ahora mismo está saliendo de Canarias, esperando la llegada para dentro de 10 días; mientras tanto, a ver si puedo resolver el asunto en Capitanía. No obstante recuerdo que ya el Capitán me dijo que él me dejaba navegar (acogiéndose a dicha Circular de 2004), pero que ni tan siquiera podía hacerme un Pasaván, por el simple hecho de que para él, el barco no existía...

Gracias de nuevo, y os contaré cómo acabe la historia.

Salu2



PD: es un hecho que se está persiguiendo a los barcos declarados 'de regata', lo digo paras que todo hijo de vecino en esta situación se prepare o tome precauciones.
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