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ot una de uniformes

 
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wiper
Piratilla
Piratilla


Registrado: 26 Jun 2006
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MensajePublicado: 12/10/06 11:05    Asunto: ot una de uniformes Responder citando

Perdon por mi ignorancia, pongo ot pero no sé a ciencia cierta si es ot.
Sirva esto para ilustrar a algún interesado en hacer la primera comunión, una boda, o cualquier otro uso que le venga en gana hacer.
Desde luego el lenguaje que se emplea ya da un poco de miedo pero es lo que está publicado y vigente hoy en día.
He observado que existen en el foro comentarios acerca de las insignias y uniformes de la marina de recreo y he encontrado algo.
Hay algunas variaciones al cambiar las titulaciones modernas pero sigue siendo lo mismo, solo que PNB equivale a patrones de embarcaiones deportivas 1ª y 2ª y creo que solo lleva las anclas doradas con la elice superpuesta y la corona. PER equivale a patrón de litoral. y el resto es lo mismo.
En fin corto, pego y que sea lo que neptuno quiera.

MINISTERIO DE TRANSPORTES Y COMUNICACIONES (BOE n. 314 de 31/12/1982)
ORDEN DE 18 DE NOVIEMBRE DE 1982 SOBRE REGLAMENTACION DEL USO DE UNIFORME POR EL PERSONAL TITULADO PARA EL MANEJO DE LAS EMBARCACIONES DE RECREO.
Rango: ORDEN
Páginas: 35779 - 35781
• Análisis jurídico
• TIFFs
TEXTO ORIGINAL
La Orden ministerial de Comercio de 15 de diciembre de 1965 reglamentó el uso de uniformes para los titulados de la Marina de Recreo, como consecuencia del establecimiento de nuevos títulos, creados por la Orden ministerial de 10 de noviembre de 1965.
Por Orden ministerial de 28 de febrero de 1980 se crea el título de Patrón de Embarcaciones Deportivas del Litoral, no habiéndose reglamentado el uso del uniforme para esos titulados. Es necesario, por tanto, reglamentar el uso del uniforme para los Patrones de Embarcaciones Deportivas del Litoral, al propio tiempo que se actualiza el uso -potestativo- del uniforme para el resto de los titulados de la Marina de Recreo.
En su virtud, este Ministerio, a propuesta de la Dirección General de la Marina Mercante, ha tenido a bien disponer:
Artículo primero.- Los uniformes -cuyo uso es potestativo- para los Capitanes de Yate, Patrones de Yate, Patrones de Embarcaciones Deportivas del Litoral, Patrones de Embarcaciones Deportivas a Motor de primera clase, Patrones de Embarcaciones Deportivas a Motor de segunda clase y Patrones de Embarcaciones Deportivas a Vela, serán los que figuran en el anexo a esta Orden.
Artículo segundo.- Queda derogada la Orden ministerial de Comercio de 15 de diciembre de 1965 (<Boletín Oficial del Estado> número 306), sobre reglamentación del uso de uniforme por el personal titular de embarcaciones de recreo.
Madrid, 18 de noviembre de 1982.- GAMIR CASARES.
ANEXO QUE SE CITA
Primero.- Los uniformes -de uso potestativo- para los Patrones de Embarcaciones Deportivas, a Motor o a Vela, Patrones de Yate y Capitanes de Yate, serán los siguientes:
A) Uniforme de diario, en invierno.
Terno de lana o paño azul oscuro, compuesto de americana cruzada, con dos filas de tres botones dorados, ostentando dos anclas cruzadas y sobre ellas una corona real, y los bolsillos, incluso el del pecho, con tapa; gorra con funda blanca y visera de charol; camisa blanca, con corbata negra; zapatos y calcetines negros y guantes de piel de color avellana.
B) Uniforme de diario, en verano.
Marinera blanca cerrada, con botones dorados ostentando dos anclas cruzadas y sobre ellas una corona real; pantalón blanco de la misma tela que la marinera, zapatos y calcetines blancos; gorra con funda blanca y visera de charol.
También podrá usarse en verano, en sustitución de la marinera blanca antes descrita, camisa blanca de manga corta, con dos bolsillos cerrados con tapa y botón; pantalón blanco de algodón; gorra con funda blanca y visera de charol, y zapatos y calcetines blancos.
C) Uniforme de gala, en invierno.
Chaquetilla o chupa de paño azul oscuro corta entallada con un ligero pico en el borde inferior de la espalda, solapas de paño y seda, con dos filas de cinco botones dorados, ostentando dos anclas cruzadas y sobre ellas una corona real, y otros cinco botones análogos, más pequeños, en cada una de las bocamangas, pantalón del mismo color, camisa blanca, corbata negra de lazo; chaleco azul oscuro, con botones análogos a los de las bocamangas de la chupa -o faja negra, a elección-; calcetines negros y zapatos negros de charol con cordones, y gorra con funda blanca y visera de charol.
D) Uniforme de gala, en verano.
Chaquetilla o chupa de franela o paño blanca, del mismo corte y con igual botonadura que la de invierno descrita en el apartado B) precedente; pantalón de paño o lana de color azul oscuro; camisa blanca; corbata negra de lazo; chaleco blanco con igual botonadura que el de invierno adscrito en el apartado B) precedente -o faja negra, a elección-; calcetines negros y zapatos negros de charol con cordones, y gorra con funda blanca y visera de charol.
Segundo.- Las insignias o distintivos de las diversas titulaciones de la Marina Deportiva y de Recreo, colocados sobre los uniformes descritos en el artículo primero, serán los siguientes:
A) Para los Patrones de Embarcaciones Deportivas a Motor de segunda clase:
a) Sobre el uniforme de diario azul.- A cuarenta milímetros del borde inferior de la bocamanga, un galoncillo plateado de cinco milímetros de anchura, de costura a costura y sobre dicho galoncillo, a una distancia de unos cinco milímetros y en el centro, dos anclas cruzadas cuya longitud o altura total será de treinta milímetros y su anchura de otros treinta milímetros, sobreponiendo a las anclas una hélice de tres palas de doce milímetros de radio, y sobre las dos anclas y a unos ocho milímetros, una corona real sobre fondo rojo, cuya dimensión máxima no excederá de veinticinco milímetros. Tanto las anclas como la corona estarán bordadas con hilo plateado.
b) Sobre el uniforme de diario blanco.- En sustitución de las insignias o distintivos de las bocamangas del uniforme de diario azul, en el uniforme de diario blanco irán colocadas sobre las hombreras palas de tela negra, material plástico u otro igualmente de color negro, las cuales serán desmontables. Las insignias o distintivos que llevarán dichas palas serán semejantes a las indicadas para las bocamangas y de dimensiones apropiadas.
Estas palas se montarán igualmente sobre las hombreras de la camisa que sustituya a la marinera, y a la que se refiere el segundo párrafo del apartado B) del artículo primero.
c) Sobre el uniforme de gala azul.- El mismo distintivo que se describe para el uniforme de diario azul en las bocamangas de la chaquetilla o chupa.
d) Sobre el uniforme de gala blanco.- Se montarán sobre las hombreras de la chaquetilla o chupa las mismas palas que se describen para el uniforme blanco de diario y para la camisa blanca de verano, pero serán siempre de tela negra.
B) Para los Patrones de Embarcaciones Deportivas a Motor de primera clase:
a) Sobre el uniforme de diario azul.- En las bocamangas, el mismo distintivo que el que corresponde a los Patrones de Embarcaciones Deportivas a Motor de segunda clase, pero añadiendo un segundo galón plateado, de las mismas características que el primero, situado a cinco milímetros del anterior y por encima de aquél.
b) Sobre el uniforme de diario blanco.- Sobre las hombreras, las mismas palas que corresponden a los Patrones de Embarcaciones Deportivas a Motor de segunda clase, pero con dos galones plateados en vez de uno. Lo mismo se aplicará para la camisa blanca de verano.
c) Sobre el uniforme de gala azul.- El mismo distintivo que se describe para el uniforme de diario azul en las bocamangas de la chaquetilla o chupa.
d) Sobre el uniforme de gala blanco.- Se montarán sobre las hombreras de la chaquetilla o chupa las mismas palas que se describen para el uniforme blanco de diario y para la camisa blanca de verano, pero serán siempre de tela negra.
C) Para los Patrones de Embarcaciones Deportivas a Vela:
a) Sobre el uniforme de diario azul.- En las bocamangas, el mismo distintivo que corresponde a los Patrones de Embarcaciones Deportivas a Motor de segunda clase, pero sin la hélice que aquéllos montan sobre las anclas cruzadas.
b) Sobre el uniforme de diario blanco.- Sobre las hombreras, las mismas palas que correspondan a los Patrones de Embarcaciones Deportivas a Motor de segunda clase, pero sin la hélice que aquéllos montan sobre las anclas cruzadas. Lo mismo se aplicará para la camisa blanca de verano.
c) Sobre el uniforme de gala azul.- El mismo distintivo que se describe para el uniforme de diario azul en las bocamangas de la chaquetilla o chupa.
d) Sobre el uniforme de gala blanco.- Se montarán sobre las hombreras de la chaquetilla o chupa las mismas palas que se describen para el uniforme blanco de diario y para la camisa blanca de verano, pero serán siempre de tela negra.
D) Para los Patrones de Litoral.
a) Sobre el uniforme de diario azul.- Un galoncillo dorado de siete milímetros de anchura, de costura a costura, a cuarenta milímetros del borde inferior de la bocamanga, y sobre dicho galoncillo, a una distancia de unos cinco milímetros y en el centro, dos anclas cruzadas, cuya longitud o altura total será de treinta milímetros y su anchura de otros treinta milímetros, y sobre las dos anclas y a unos ocho milímetros una corona real sobre fondo rojo, cuya dimensión máxima no excederá de veinticinco milímetros. Tanto las anclas como la corona estarán bordadas con hilo dorado.
b) Sobre el uniforme de diario blanco.- En sustitución de las insignias o distintivos de las bocamangas del uniforme de diario azul, en el uniforme de diario blanco irán colocadas sobre las hombreras palas de tela negra, material plástico u otro igualmente de color negro, las cuales serán desmontables. Las insignias o distintivos que llevarán dichas palas serán semejantes a las indicadas para las bocamangas y de dimensiones apropiadas.
Estas palas se montarán igualmente sobre las hombreras de la camisa que sustituya a la marinera y a las que se refiere el segundo párrafo del apartado B) del artículo primero.
c) Sobre el uniforme de gala azul.- El mismo distintivo que se describe para el uniforme de diario azul, en las bocamangas de la chaquetilla o chupa.
d) Sobre el uniforme de gala blanco.- Se montarán sobre las hombreras de la chaquetilla o chupa las mismas palas que se describen para el uniforme de diario y para la camisa blanca de verano, pero serán siempre de tela negra.
E) Para los Patrones de Yate:
a) Sobre el uniforme de diario azul.- Dos galoncillos dorados superpuestos, de cinco milímetros de anchura, de costura a costura, el inferior a cuarenta milímetros del borde inferior de la bocamanga y separados entre si cinco milímetros, y sobre dichos galoncillos a una distancia de unos cinco milímetros, y en el centro, dos anclas cruzadas, cuya longitud o altura total será de treinta milímetros y su anchura de otros treinta milímetros y sobre las dos anclas, y a unos ocho milímetros, una corona real sobre fondo rojo, cuya dimensión máxima no excederá de veinticinco milímetros. Tanto las anclas como la corona estarán bordadas con hilo dorado.
b) Sobre el uniforme de diario blanco.- En sustitución de las insignias o distintivos de las bocamangas del uniforme de diario azul, en el uniforme de diario blanco irán colocadas sobre las hombreras palas de tela negra, material plástico u otro igualmente de color negro, las cuales serán desmontables. Las insignias o distintivos que llevarán dichas palas serán semejantes a las indicadas para las bocamangas y de dimensiones apropiadas.
Estas palas se montarán igualmente sobre las hombreras de la camisa que sustituya a la marinera y a las que se refiere el segundo párrafo del apartado B) del artículo primero.
c) Sobre el uniforme de gala azul.- El mismo distintivo que se describe para el uniforme de diario azul, en las bocamangas de la chaquetilla o chupa.
d) Sobre el uniforme de gala blanco.- Se montarán sobre las hombreras de la chaquetilla o chupa las mismas palas que se describen para el uniforme blanco de diario y para la camisa blanca de verano, pero serán siempre de tela negra.
F) Para los Capitanes de Yate:
a) Sobre el uniforme de diario azul.- Tres galoncillos dorados superpuestos de cinco milímetros de anchura, de costura a costura, el inferior a cuarenta milímetros del borde inferior de la bocamanga y separados entre si cinco milímetros, y sobre dichos galoncillos, a una distancia de unos cinco milímetros y en el centro, dos anclas cruzadas, cuya longitud o altura total será de treinta milímetros y su anchura de otros treinta milímetros, y sobre las dos anclas y a unos ocho milímetros, una corona real sobre fondo rojo cuya dimensión máxima no excederá de veinticinco milímetros. Tanto las anclas como la corona estarán bordadas con hilo dorado.
b) Sobre el uniforme de diario blanco.- En sustitución de las insignias o distintivos de las bocamangas del uniforme de diario azul, en el uniforme de diario blanco irán colocadas sobre las hombreras palas de tela negra, material plástico u otro igualmente de color negro, las cuales serán desmontables. Las insignias o distintivos que llevaran dichas palas serán semejantes a las indicadas para las bocamangas y de dimensiones apropiadas.
Estas palas se montarán igualmente sobre las hombreras de la camisa que sustituya a la marinera y a las que se refiere el segundo párrafo del apartado B) del artículo primero.
c) Sobre el uniforme de gala azul.- El mismo distintivo que se describe para el uniforme de diario azul, en las bocamangas de la chaquetilla o chupa.
d) Sobre el uniforme de gala blanco.- Se montarán sobre las hombreras de la chaquetilla o chupa las mismas palas que se describen para el uniforme blanco de diario y para la camisa blanca de verano, pero serán siempre de tela negra.
Tercero.- La gorra, que constituye parte integrante del uniforme de la Marina Deportiva y de Recreo, será de las denominadas <de plato>, con funda blanca y visera de charol negro, y llevará el distintivo que corresponda a su respectiva titulación, con arreglo a las normas siguientes:
A) Para los Patrones de Embarcaciones Deportivas a Motor:
El escudo o galleta de la gorra, para los Patrones de Embarcaciones a Motor, tanto de segunda como de primera clase, llevará bordadas dos anclas cruzadas, sobreponiendo a ellas una hélice de tres palas, y sobre las dos anclas una corona real sobre fondo rojo, todo ello bordado con hilo plateado. El barboquejo será de charol o cuero negro, con un botoncito dorado en cada uno de sus extremos, y cuyos botoncitos ostentarán dos anclas cruzadas con corona real encima.
B) Para los Patrones de Embarcaciones Deportivas a Vela:
Para los Patrones de Embarcaciones Deportivas a Vela, la gorra será igual que la descrita para los Patrones de Embarcaciones Deportivas a Motor, sin otra diferencia que la supresión del escudo o galleta de la hélice que estos últimos han de llevar sobrepuesta a las dos anclas cruzadas.
C) Para los Patrones de Litoral:
Para los Patrones de Litoral la gorra llevará en su escudo o galleta, y bordadas en hilo dorado, dos anclas cruzadas y sobre ellas una corona real sobre fondo rojo. El barboquejo será igualmente de hilo dorado y los botoncitos que lo sujetan a ambos extremos serán dorados y ostentarán las anclas cruzadas con corona real encima.
D) Para los Patrones de Yate:
Para los Patrones de Yate la gorra llevará en su escudo o galleta, y bordadas en hilo dorado, dos anclas cruzadas y sobre ellas una corona real sobre fondo rojo. El barboquejo será igualmente de hilo dorado y los botoncitos que lo sujetan a ambos extremos serán dorados y ostentarán dos anclas cruzadas con corona real encima.
E) Para los Capitanes de Yate:
Para los Capitanes de Yate, el escudo o galleta de la gorra ostentará dos anclas cruzadas y sobre ellas una corona real sobre fondo rojo, todo ello bordado de hilo dorado y rodeadas las anclas de palmas bordadas en hilo dorado El barboquejo será igualmente de hilo dorado y los botoncitos que lo sujetan a ambos extremos serán dorados y ostentarán dos anclas cruzadas con corona real encima. Además llevará en la visera, a un centímetro de su borde y de extremo a extremo, un cordoncillo dorado de cinco milímetros de anchura.
Figuras omitidas.
Análisis
REFERENCIAS ANTERIORES
• DEROGA LA ORDEN DE 15 DE DICIEMBRE DE 1965 (BOE NUM. 308, DEL 25, DISP. 1558).
• DE CONFORMIDAD CON LA ORDEN DE 28 DE FEBRERO DE 1980 (DISP. 7949).
• CITA ORDEN DE 10 DE NOVIEMBRE DE 1965 (BOE NUM. 280, DEL 11, DISP. 1440).
REFERENCIAS POSTERIORES
• CORRECCION DE ERRORES EN BOE NUM. 32, DE 7 DE FEBRERO DE 1983 (Ref. 1983/4140).
MATERIAS
• DISTINTIVOS
• EMBARCACIONES DEPORTIVAS Y DE RECREO
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wiper
Piratilla
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Registrado: 26 Jun 2006
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MensajePublicado: 12/10/06 11:08    Asunto: Responder citando

Yo personalmente me voy a pedir la chupa de verano de motero con galón de cerveza Brindis
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Chifle
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MensajePublicado: 12/10/06 13:12    Asunto: Responder citando

Creo que hay titulación adaptada a las titulaciones actuales.
Respecto a lo usarlos para hacer la primera comunión, me parece muy cruel obligar a sacarse el PER a un niño para usar este uniforme en la primera comunión
("Sirva esto para ilustrar a algún interesado en hacer la primera comunión...") además de esprar a los 16 años como mínimo para poder examinarse. Mejor hacerla de marinero raso, que no hay que hacer examen, como la hice yo (uniforme de verano) con silbato y todo, que me lo prestó un primo que la hizo un mes antes y bien guapo que estaba, claro que yo era un niño muy guapo Me parto Me parto Me parto
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pi
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MensajePublicado: 12/10/06 13:46    Asunto: Responder citando

Creo que en la próxima reforma de titulaciones náuticas lo van a quitar. La gorra no está homologada contra criterios tabernarios (¿¡visera de charol!?) Me parto
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Tumbao
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MensajePublicado: 12/10/06 15:09    Asunto: Responder citando

Pos yo he oido de nosequién se caso vestido de P.E.R., no se si es una leyenda urbanonautica, pero si es verdad es pa cagarse... Cagando
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...mai hauria dit, des de terra, que les ones fossin tan grosses, tan espantosament grosses. Venien sense rompre´s ni remorejar, embotides, muntanyoses; s´esmonyien amb suavitat sota la nostra carena, i s´allunyaven escumejant lleument...
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Chifle
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Registrado: 25 Nov 2004
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MensajePublicado: 12/10/06 17:39    Asunto: Responder citando

pi escribió:
Creo que en la próxima reforma de titulaciones náuticas lo van a quitar. La gorra no está homologada contra criterios tabernarios (¿¡visera de charol!?) Me parto
Pirata


Yo propongo que en vez de la horrorosa, incómoda y acartonada gorra de plato rígida, se imponga la gorrilla de "marinero" holandés. Véase, por ejemplo:
http://images.google.es/imgres?imgurl=http://mattfitt.com/gallery2/d/31676-2/D1000150.JPG&imgrefurl=http://mattfitt.com/gallery2/v/europe/Paris/dOrsay/&h=150&w=150&sz=8&hl=es&start=38&tbnid=n7jethd0i9HeqM:&tbnh=96&tbnw=96&prev=/images%3Fq%3Dvincent%2Bvan%2Bgogh%26start%3D20%26ndsp%3D20%26svnum%3D10%26hl%3Des%26lr%3D%26sa%3DN

Salud y Capitan
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Pirata
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MensajePublicado: 13/10/06 10:23    Asunto: Responder citando

wiper,
Hace tiempo se trató el tema y recientemente se recordo el hilo
Léelo no tiene desperdicio Me parto Me parto

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"....que yo aquí; tengo por mío cuanto abarca el mar bravío, a quien nadie impuso leyes."
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buzon
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Registrado: 13 Oct 2005
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MensajePublicado: 13/10/06 22:01    Asunto: re: ot una de uniformes Responder citando

Nuevas tendencias. Vistos el innegable interes por los uniformes que en derecho podemos ostentar, creo que ha llegado el momento de conferir a esta magna insititución, La taberna del Puerto, el glamour, boato y esplendor que corresponde a sus cofrades, por lo que, se convoca el :
"PRIMER CONCURSO INTERNACIONAL DE DISEÑO DE UNIFORMES NAUTICOS PARA LA AGUERRIDA COFRADIA DE LA TABERNA DEL PUERTO"

Con las siguientes bases :


Se requiere ropa de uso cómoda, y preferentemente transpirable, cuya homogeindad permita tanto su uso por personal femenino como masculino, de diferente diametro, calibre y condición, amén que los aditamentos indicativos del grado se puedan superponer a todos ellos, sin perder su caracter diferenciador.

El equipaje ha de ser visible a distancia, y del tal modo concebido, que para el profano implique rango y autoridad, de modo que uniformado un cofrade, y en estado etilico no muy evidente, si fuera parado por un agente local, antes municipal, infiera respeto tal que provoque saludo marcial, y se cuadre en cuatro movimientos, y a la frase vibrante de : "Cofrade Tabernario en misión especial de avituallamiento del buque", o " Cofrade Tabernario reclutando congeneres para relaciones afectivas", o la más simple de "Cofrade Tabernario al dotoreo desde la atalaya hostelera", por lo que el agente local, antes municipal, deba ponerse a las órdenes del cofrade tabernario de modo inmediato, ( ipso facto en términos jerárquicos castrenses), a lo que se le contestara cortesmente que vuelva a la posición de descanso y se le requerirá cuando se le precisa, habiendo tomado nota de su celo para encomiarle a su superior.

Ambos conceptos, comodidad y marcialidad, deben presidir el concurso, dejo el resto de sus bases para que lo completen ustedes a su criterio, ya que me buscan para darme la medicación, ( me la han cambiado y no me aciertan el tratamiento... o serán esas setas que he comido....)
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