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Policías locales, atribuciones
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mapu23
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MensajePublicado: 24/07/06 11:42    Asunto: Policías locales, atribuciones Responder citando

Rondas para todos, menos para uno


¿tienen atribuciones las policías locales en zonas de agua en puertos y en aguas fuera de la zona de balizamiento de playas, pueden sancionar por pasar de 3 millas de velocidad en aguas del puerto, te puede pedir la titulación al patrón?


Saludos y rondas

Velero Velero Velero Velero Velero
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panxut
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MensajePublicado: 24/07/06 11:55    Asunto: Responder citando

Creo que no.
Dentro edel puerto es laPolicia Portuaria y la G.C. quien tiene las atribuciones mencionadas, pero puede ser que si el puerto es pequeño, delegue en la P.Local dicha funcion.
Así lo tengo entendido

Saludos Brindis Pirata Borracho
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.-El arca de Noe fue construida por amateurs. El Titanic por profesionales.
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Pirata
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MensajePublicado: 24/07/06 12:02    Asunto: Responder citando

mapu23,
No tengo ni idea, ni si lo que voy a decir
será una ch*rrada
Pero pienso que como agentes del orden
o de la autoridad, podrán hacerlo, aunque
no sea su misión expecífica. Lo mismo que
te puede requerir la documentación un
guarda forestal o un sereno (ya desaparecidos)

Brindis Brindis Brindis
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"....que yo aquí; tengo por mío cuanto abarca el mar bravío, a quien nadie impuso leyes."
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mapu23
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Mensajes: 1791
Zona de Navegación: alicante

MensajePublicado: 24/07/06 12:10    Asunto: Responder citando

EL puerto pequeño se ha quedado


60 barcos de pesca, seguro que mas
450, amarres de la Generalitat
480, amarres de club
150, de un amarina seca de motos de agua y pequeñas embarcaciones
1 astillero de prestigio
200 amarres de gran eslora en construccion
6 catamaranes dedicados al transporte de personas
y pescadores tirando la caña en la bocana


Saludos

Velero Velero Velero Velero
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ALAKRAN
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MensajePublicado: 24/07/06 12:11    Asunto: re: Policías locales, atribuciones Responder citando

AJJAJAJAJJAJAJA, A proposito del post, al ver un local desayunado fui a preguntrale , y..... NO TIENEN NI PU (piiiiiiiiiiiiiiiiiiiiii)TA IDEA DEL TEMA, En un principio em dijo que si, despues que no conocia la reglamentacion y por ultimo se me acerca y me dice que solo hasta que llegue la guardia civil¡¡¡¡

Y quien dice que lo del inspector miranda es una ficcion?
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pim
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Registrado: 31 Dic 2005
Mensajes: 1271
Zona de Navegación: Costa Brava

MensajePublicado: 24/07/06 12:38    Asunto: Responder citando

Por lo que yo tengo entendido, pueden tener las atribuciones que son propias del ayuntamiento (vigilancia de las playas, blizas etc), pero a la vez, como agente de la autoridad de servicio, puede efectuar cualquier denuncia que se considerará de fe y podrá tramitar la capitania de marina sin necesidad de testimonios u otras pruebas.
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pim.latabernadelpuerto.es
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maruru
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MensajePublicado: 24/07/06 12:41    Asunto: re: Policías locales, atribuciones Responder citando

La policia local NO TIENE ninguna competencia en instalaciones portuarias.

Es como si la policía local quiere detener tu vehículo en una autopista, NO PUEDE.

Es más en algunos puertos deportivos, en el pantalan de acceso público (que siempre debe haber uno) en ocasiones se ve a la policia local patrullando, pues bién, tampoco pueden.

Brindis Brindis
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Pirata
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Registrado: 19 Abr 2006
Mensajes: 1135
Zona de Navegación: Los Mares del Sur (de Iberia)

MensajePublicado: 24/07/06 12:53    Asunto: Responder citando

maruru escribió:
La policia local NO TIENE ninguna competencia en instalaciones portuarias.

Es como si la policía local quiere detener tu vehículo en una autopista, NO PUEDE.

Es más en algunos puertos deportivos, en el pantalan de acceso público (que siempre debe haber uno) en ocasiones se ve a la policia local patrullando, pues bién, tampoco pueden.

Brindis Brindis

Como dije antes, no entiendo del tema, simplemente intento usar el sentido común y con perdón Maruru no creo que la cosa sea tan sencilla como decir no pueden y ya esta.
Mi opinión está mas en la línea de lo que dice Pim
Cita:

...........como agente de la autoridad de servicio, puede efectuar cualquier denuncia que se considerará de fe.......

Brindis Brindis Brindis
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maruru
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Mensajes: 63
Zona de Navegación: CANTABRICO

MensajePublicado: 24/07/06 13:04    Asunto: Responder citando

Pirata escribió:
maruru escribió:
La policia local NO TIENE ninguna competencia en instalaciones portuarias.

Es como si la policía local quiere detener tu vehículo en una autopista, NO PUEDE.

Es más en algunos puertos deportivos, en el pantalan de acceso público (que siempre debe haber uno) en ocasiones se ve a la policia local patrullando, pues bién, tampoco pueden.

Brindis Brindis

Como dije antes, no entiendo del tema, simplemente intento usar el sentido común y con perdón Maruru no creo que la cosa sea tan sencilla como decir no pueden y ya esta.
Mi opinión está mas en la línea de lo que dice Pim
Cita:

...........como agente de la autoridad de servicio, puede efectuar cualquier denuncia que se considerará de fe.......

Brindis Brindis Brindis


Lo matizaré Pirate, para una pronta y facil comprensión por tu parte.

Si un policía local aprecia que desde tu pantalan estas intentando violar a una ancianita, el policía local en cumplimiento de su deber que prevalece sobre sus competencias, acudira raudo y veloz, procederá a tu detención y auxiliará a la ancianita.

Si un policía local, patrullando por un pantalan (cosa que no debe hacer), solicita que le facilites la documentación de tu embarcación para su ulterior comprobación, en tal caso tu pitrata, puedes y debes negarte. Ya que según Real decreto del ochentaytantos barra no se que la competencia en el contro y vigilancia de instalaciones portuarias recairá sobre los cuerpos de seguridad del estado, es decir, policia nacional y Guardia civil.

Igualmente si te caes del barco y te estás ahogando, algún policia local, si te ve, correrá en tu auxilio.

Espero lo hays comprendido. Brindis Brindis

Saludos Brindis
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vicavihe
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MensajePublicado: 24/07/06 13:07    Asunto: re: Policías locales, atribuciones Responder citando

-La policia local en lo relaccionado con puertos y zonas de balizamiento recibe una autorización del Capitán Maritimo para la vigilancia y cumplimiento dentro de las zonas de atribuciones de dicho Capitán.

-La policia al igual que cualquier ciudadano del territorio Europeo puede dar las quejas que considere oportunas a los Capitánes Maritimos y estos son los que sancionan y exigen la presentación de títulos y demas en Capitanias.

-La policia local como agentes de autoridad pueden llamar la atención a cualquier ciudadano que no cumpla con las leyes o reglamentos.

-La policia local """"""No sanciona""""" , comienza los trámites para la posible sanción.


-Lo siento pero es la realidad Sorry Sorry Sorry
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...............,
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ALFA
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MensajePublicado: 24/07/06 13:07    Asunto: Re: re: Policías locales, atribuciones Responder citando

maruru escribió:
Es más en algunos puertos deportivos, en el pantalan de acceso público (que siempre debe haber uno) en ocasiones se ve a la policia local patrullando, pues bién, tampoco pueden.

Brindis Brindis


No tienen ninguna competencia sobre temas nauticos... Si te metes en una playa ha de ser la Guardia Civil quien venga a pasarte por la quilla... No pueden sancionar a pescadores en los canales y bocanas... Pero dentro del puerto si mal no creo pueden actuar a petición de la Capitanía.


ALFA
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No existe la tragedia, sino lo inevitable. Todo tiene su razon de ser: solo es necesario distingir lo que es pasajero de lo que es definitivo. ¿Qué es pasajero? Lo inevitable, y ¿Qué es definitivo? Las lecciones de lo inevitable.
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maruru
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MensajePublicado: 24/07/06 13:15    Asunto: re: Policías locales, atribuciones Responder citando

La capitania puede decir misa.

Si la capitanía insta a un policía local a requerirme, para que abndone el puerte o muestre cualquier tipo de documentación de mi embarcación, y digo más para que me acredite como ciudadano español o extranjero. ME PUEDO NEGAR.

Es decir, que me pingo legalista con la policía local y me detienen. Que lo hagan ( si son un poco listos llamará a la guardia civil), en caso contrario se meterán en un buen lío.

Y por cierto, la capitanía a cobrar, que es para lo que están. Brindis Brindis
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mapu23
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MensajePublicado: 24/07/06 13:56    Asunto: Responder citando

En este caso sanciona por faltas leves a muy graves

Ejm. no disponer del permiso de titulación, y navegar dentro del puerto a mas de 3 millas, multas de 300 a 1500€, parece ser que ya hay gente sancionada.


el navegar sin nutación me parece una temeridad, por lo tanto caña al mono.

Lo malo de todo estos, es le negocio de los ayuntamientos y hablo en general, coste de la plantilla de agentes x, multas impuestas x+1, rentabilidad 1, se autofinancian y encima sacan beneficio.

En esta caso, el meter mas agentes de la playas para captar chorizos, no es rentable, no da dinero y si gasto y preocupación.

Es mejor meternos en el mar que es mas rentable, mañana te sancionaran por llevar el químico lleno, y pasado por comer estando varado, o llevar las velas sucias

Saludos


Velero Velero Velero Velero
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maruru
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Zona de Navegación: CANTABRICO

MensajePublicado: 24/07/06 14:06    Asunto: Responder citando

mapu23 escribió:
En este caso sanciona por faltas leves a muy graves

Ejm. no disponer del permiso de titulación, y navegar dentro del puerto a mas de 3 millas, multas de 300 a 1500€, parece ser que ya hay gente sancionada.


el navegar sin nutación me parece una temeridad, por lo tanto caña al mono.

Lo malo de todo estos, es le negocio de los ayuntamientos y hablo en general, coste de la plantilla de agentes x, multas impuestas x+1, rentabilidad 1, se autofinancian y encima sacan beneficio.

En esta caso, el meter mas agentes de la playas para captar chorizos, no es rentable, no da dinero y si gasto y preocupación.

Es mejor meternos en el mar que es mas rentable, mañana te sancionaran por llevar el químico lleno, y pasado por comer estando varado, o llevar las velas sucias

Saludos

Tambien hay gente esposada y retenida por un guardia de seguridad en Carrefur. Y no dicen nada.

Tontos los hay en todos los sitios.


Velero Velero Velero Velero
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zapalanco
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MensajePublicado: 24/07/06 20:30    Asunto: re: Policías locales, atribuciones Responder citando

Saludos y una ronda para todos.
En Benalmadena cuando empezaron los problemas con las motos acuaticas, el ayuntamiento puso en servicio una motora impresionante rotulada con policia local y se dedico a patruyar su costa, la Benemerita de Pto. Marina, remitio un expediente a capitania y lleva ya la patrullera de la policia local un monton de tiempo en dique seco en el varadero pudriendose, si sois alguno de la zona la abreis visto cerca del willows
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Churruca
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Registrado: 04 Oct 2005
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MensajePublicado: 24/07/06 23:43    Asunto: Responder citando

ya me contaréis con que aparato puede medir la policía local o cualquier otro la velocidad de entrada en un puerto. Por lo que la denuncia por exceso de velocidad tendría poca validez ¿no creeis?

Saludos
_________________
El brigadier.
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zapalanco
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Registrado: 01 Sep 2005
Mensajes: 19

MensajePublicado: 25/07/06 07:15    Asunto: Responder citando

Churruca escribió:
ya me contaréis con que aparato puede medir la policía local o cualquier otro la velocidad de entrada en un puerto. Por lo que la denuncia por exceso de velocidad tendría poca validez ¿no creeis?

Saludos


muy facil, por la estela que llevas detras, si mueves los barcos amarrados es que vas a mas de 3 millas
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ALAKRAN
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MensajePublicado: 25/07/06 09:09    Asunto: re: Policías locales, atribuciones Responder citando

Si si en el puerto de rio canela le han dao atribuciones al guardia TONTOLCULO y le han dao un tomavista super 8, para tomar la velocidad.


Y el queso radar, por supuesto de Cabrales



No hay ni un almejero que se libre de TONTOELCULO, asi que ojito
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VCF1
Capitán Pirata
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Zona de Navegación: ALICANTE Y LO QUE ME DEJAN

MensajePublicado: 25/07/06 10:50    Asunto: Responder citando

Que te pasa Mapu?
Las tabarqueras entran a 6 y ocho nudos y nadie dice nada, haber si es que ll han tomado contigo, ya contaras. Haber si nos vemos.
Salud y Brindis Brindis Brindis Brindis Brindis
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En el arte de la marineria, mas sabe el mas simple marinero, que el mayor letrado del mundo.
Cervantes.
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arre
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Zona de Navegación: mallorca

MensajePublicado: 25/07/06 11:32    Asunto: re: Policías locales, atribuciones Responder citando

Buenas, unas mirindas para todos. Os contaré un caso que se de buena tinta: Un día desde un pantalán del paseo maritimo de Palma unos descerebrados dispararon una bengala caducada, ccon tan mala fortuna que se descontroló, cayó al suelo y de allí salió disparada a un metro del suelo hacia el paseo y la zona por donde pasan los coches, acabando en la acera de enfrente junto a la terraza de un bar. Afortunadamente no hirió a nadie ni rompió nada. La cuestión es que en ese momento pasaba por allí una patrulla de la p.l. que lo vió todo, por lo quee se dirigió a estas personas, los identificó, retiraron el resto de bengalas y realizaron un informe dirigido a la Delegación de Gobierno aplicando la famosa ley Corcuera y aquella gente tuvo que hacer frente a una sanción por falta muy grave de no se que articulo de esa ley, que les supuso una pasta gansa. En resumen, a cada uno lo suyo, pero aunque no sea de su estricta competencia, siempre hay cauces para informar al organismo adecuado y no hay que olvidar que son agentes de la autoridad.
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accit
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Registrado: 14 Dic 2004
Mensajes: 45
Zona de Navegación: Mar de la Tranquilidad

MensajePublicado: 25/07/06 13:15    Asunto: re: Policías locales, atribuciones Responder citando

El año pasado , tuve un encuentro con una de estas patrullas maritimas que ponen algunos ayuntaminetos para vigilar "sus aguas" ( Alfaz del Pi, Alicante), desde una embarcacion (Lista 6 , muy curioso).

Se dirigieron a mi ,por estra fondeado en un lugar que segun ellos estaba prohibido (presencia de posidonia)..................., tras un intercambio de pareceres, a regañadientes hice caso a la impresion , que un guardia sabe lo que hace.Error garrafal.

Como no me quede muy conforme , me dirigi a la capitania mas cercana a informarme de que atribuciones tenian y comentarles el incidente........

Resultado. Un gran cabreo por parte del personal de la capitania -No era la primera vez-, y el consejo de que elevara una queja al Capitan Maritimo de Alicante, cosa que hice (ya comente algo en la taberna).

Conclusion: No tienen mas autorizacion que la de vigilar que las embarcaciones no pasen la boyas y que los bañistas no salgan de su zona y cumplan las tres horas de digestion.

En ningun caso pueden solicitar documentacion alguna a nadie, y si creen que se esta cometiendo alguna infracion denuncianarla en capitania, documentandola por supuesto. Consejo : delante de ellos marcar el 062, Guardia civil, y solicitar la intervencion de la patrullera.Hacer Fotos (deben de llevar igual uniforme que en tierra-no valen trajes marcapaquete-) y fijar la situacion (foto del gps, o guerdar sus datos en el ordenador).

Al dia de hoy , hay unas leyes que cumplir, esto no es (creo) el lejano oeste , donde el sheriff del condado nombraba agentes de la ley solo con repertir placas (culturilla cinematografica).
Aun los veo paseandose por la bahia (incluso con pasajeras en bikini ¡¡¡¡¡¡¡), pero este año ya molestan menos que los de las motos acuaticas.

saludos

accit
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Besuguete
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Registrado: 09 Dic 2004
Mensajes: 181
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MensajePublicado: 25/07/06 13:45    Asunto: Responder citando

Estaría bien conocer nuestros derechos, porque creo que sobre el papel son muy parecidos a los que vemos que en las películas tienen los americanos y otros ciudadanos de democracias occidentales, aunque en la práctica sea bien distinto en nuestro caso.

Los límites de las competencias de la policía local deben ser tan indefinidos, que en ciudades como Barcelona a ese cuerpo se le denomina guardia urbana, pues los juristas de esa ciudad entienden que el término “policía” es impropio.

Imagino que las funciones de esos agentes se alargarán más o menos en función de los recursos represivos que el sistema tenga en la zona. Cuantos menos hay, mayores son las competencias de los presentes.

Un especialista nos podría decir la base legal de todo esto. Pero no debéis olvidar dos cosas. Una, que rodos tenemos la obligación de denunciar el delito y actuar si está en nuestra mano hacerlo (por lo de la ancianita a la que están violando en el pantalán). La otra, que entre los agentes de los distintos cuerpos hay mucho corporativismo, tienen todo el día por delante, y es su naturaleza buscar bollos, por lo que un enfrentamiento con uno es un enfrentamiento con todos, y salvo que podamos alegar que nos reprimen por ser gay, negro o gitano, lo tenemos claro. Pensad que a los políticos y a los ricos ni les tocan (recordad los barcos de lista 6, por ejemplo), con lo que tienen también su complacencia para machacar al populacho.

Mi consejo es que a mal tiempo, buena cara, “si señor” a todo, enseñar la documentación o el c*l* a quien nos lo pida y tenga un uniforme conocido para esos menesteres (no carteros, lecheros, mensajeros, etc), en dónde sea y luego, en frío, recurrir ante los tribunales o denunciar la irregularidad con nombres y apellidos en lugares como este foro.

Recordad que, salvo numerosos y honrosas excepciones, un policía es un señor con el bachillerato elemental, que no ha podido alcanzar otro empleo, con un sueldo regular, con un sentido de autoritarismo, no de autoridad, y armado con pistola. Quizás el día de la bronca ha descubierto que su mujer le engaña, le hemos tocado su limitada moral con nuestra actitud chula de “propietario de barco convencido de sus derechos”, o el sol nos ha calentado el seso a todos. Al fin y al cabo, esos cretinos que nos incordian son los mismos héroes que nos libran de los malos. ¡Qué difícil es ese equilibrio de afectosy desafectos!

Os hablo por experiencia. Siempre que sobre el terreno he plantado cara a la “autoridad”, me la han roto. Sólo he tenido compensaciones, a veces incluso económicas, cuando he recurrido a la fría ley, armado de razón, y con pruebas o testigos fehacientes.
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LP706
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Mensajes: 1231
Zona de Navegación: CADIZ

MensajePublicado: 25/07/06 16:49    Asunto: re: Policías locales, atribuciones Responder citando

Hola a todos:

Unas ideas sobre el tema:

Las atribuciones de la Policia Local, estan restringidas al Término Municipal del Ayuntamiento del que dependen.
El mar no es parte de ningún término municipal, provincial, o autonómico, depende directamente del Estado.

Cualquier persona, igual que los agentes de la autoridad, puede denunciar hechos que considere faltas o delitos, otra cosa será probar lo que se denuncie.

Saludos.
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zagarina
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Registrado: 24 Nov 2004
Mensajes: 41
Zona de Navegación: Cádiz

MensajePublicado: 01/08/06 08:16    Asunto: re: Policías locales, atribuciones Responder citando

Hola a todos,

Me uno a LP en el sentido de que los policías locales tienen restringida su actuación al Término Municipal, aunque como se ha dicho tenga la obligación de intervenir ante cualquier hecho "delictivo" del que tengan conocimiento, dentro del territorio nacional.

Si dejamos de un lado la animoadversión que en general se tiene a los Cuerpos de Seguridad, el verdadero problema sería que tú hicieras lo correcto y te denunciasen por ello.

Personalmente quiero pensar que si nuestro comportamiento se ajusta a la legalidad, no hay ningún problema.

Saludos
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DIAS DE CARRERAS
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MensajePublicado: 01/08/06 09:34    Asunto: Responder citando

..... esto no es política en el foro... pero todos sabemos que las competencias de este pais es un auténtico desastre, aquí el funcionario de turno ... un día se levanta, se le enciende la bombillita y ya tiene una nueva competencia y lo peor es que rebuscando en alguna ley, seguro que encuentra alguna frase en algún artículo o disposición transitoria o adicional que la justifique.

... no pasará mucho tiempo (ya lo veremos) que por supuesto no se podrá fondear en ningún lado (salvo con autorización por anticipado y previo pago de las tasas correspondientes) y estando fondeado, no abras la cervecita pues tendrás un rosario de embarcaciones, pidiendo documentación, (GC, policía local, marina mercante, armada, aduanas, medioambiente..... y seguro que alguna más... No se No se
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