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Impuesto de Matriculación - Exención <7,50 m - consulta

 
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Autor Mensaje
Joaquin
Pirata
Pirata


Registrado: 26 Oct 2005
Mensajes: 160
Zona de Navegación: Ria de Arosa

MensajePublicado: 02/01/06 14:23    Asunto: Impuesto de Matriculación - Exención <7,50 m - consulta Responder citando

He estado buscando información sobre la exención a embarcaciones menores de 7,50 metros despues de haber leido en la revista Skipper en la prueba de un velero Hunter de 8,30 indicaban que la eslora de flotación estaba por debajo de los 7,50 para ahorrarse impuestos.
En la ley dice que la eslora es la total, así que no he comprendido nada.
Luego rebuscando más, he visto una embarcación para buceo que también mide 8,50 y dicen que tiene una eslora homologada de 7,49.
Alguien entiende algo?
Extrapolando esto a una posible construcción amateur ... se le podría decir al ingeniero naval que va a firmar el proyecto que indique eslora 7,49 para una embarcación de 8 metros?
Unas ronditas para todos para celebrar la entrada en el 2006 (mi primera intervención este año) Brindis Brindis
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iñigo
Hermano de la Costa
Hermano de la Costa


Registrado: 22 Nov 2004
Mensajes: 2401
Zona de Navegación: Pantano de El Atazar (Madrid)

MensajePublicado: 02/01/06 17:17    Asunto: : Impuesto de Matriculación - Exención <7,50 m - consulta Responder citando

La eslora que se aplica para la sujección a dicho Impuesto es la eslora máxima, que se define como:


ESLORA MAXIMA (L).- Es la distancia medida, paralelamente a la línea deagua, entre dos planos perpendiculares a la línea de crujía, que pasan porlas partes más salientes de la proa y popa. Se incluyen todas las partes estructurales o integrales y se excluyen todas las partes desmontables que puedan quitarse de forma no destructiva, tales como ”pulpitos”, motoresfuera borda, ”baupreses”, etc


Por lo que no se incluyen partes como el púlpito de proa o la plataforma de baño.


Por cierto, las embarcaciones de menos de 7,5 metros no están exentas, sino no sujetas. Así, el artículo 65 de la Ley 38/1992 dice:

"Artículo 65. Hecho imponible.

Estarán sujetas al impuesto:

.../...

b. La primera matriculación definitiva de embarcaciones y buques de recreo o de deportes náuticos, nuevos o usados, que tengan más de siete metros y medio de eslora máxima, en el Registro de Matrícula de Buques."

Un saludo,
_________________
Iñigo

Cita:


"Nos ladran Sancho, señal que cabalgamos"

Anónimo
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Juan S. Elcano
Pirata Pata Palo
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Registrado: 24 Oct 2005
Mensajes: 208

MensajePublicado: 02/01/06 19:15    Asunto: : Impuesto de Matriculación - Exención <7,50 m - consulta Responder citando

Según el artículo 65 de la Ley 38/1992, están sujetos a este impuesto:

"La primera matriculación definitiva de embarcaciones y buques de recreo o de deporte náuticos, nuevos o usados, que tengan más de siete metros y medio de eslora máxima, en el Registro de Matrícula de Buques."

Según el Real Decreto 1837/2000, de 10 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de inspección y certificación de buques civiles, no habla de "eslora máxima" sino de "eslora total":

"Eslora total para embarcaciones de recreo, (LTFR): distancia medida paralelamente a la línea de agua de proyecto, entre dos planos perpendiculares a la línea de crujía: uno de ellos que pase por la parte más saliente a popa de la embarcación, y el otro por la parte más saliente a proa de la embarcación. Se incluyen todas las partes estructurales o integrales como son proas o popas metálicas o de madera, amuradas y uniones de casco con cubierta. Se excluyen todas las partes desmontables que puedan quitarse de forma no destructiva y sin afectar a la integridad estructural de la embarcación, por ejemplo palos o tangones, baupreses, púlpitos y otros extremos de la embarcación, elementos de gobierno, timones, motores fueraborda incluido soportes y refuerzos, transmisiones de motores dentro/fueraborda y propulsión jet plataformas de buceo, plataformas de embarque, bandas de goma y defensas."

Además habla de la Eslora (L)

"Eslora (L): se considerará igual al 96 % de la eslora total en la flotación correspondiente al 85 % del puntal mínimo de trazado medido desde el canto superior de la quilla, o la distancia existente entre la cara proel de la roda y el eje de la mecha del timón en esa flotación, si esta última magnitud es mayor. En los buques proyectados con quilla inclinada la flotación de referencia para medir la eslora será paralela a la flotación de proyecto.

En los buques menores de 15 m de eslora total, se podrá tomar como eslora L el 80 % de dicha eslora total."

Mi barco es un prototipo y en el certificado de construcción habla de la eslora L(m) que es 7.49 m y es la que ha ido arrastrando por todos los documentos posteriores, firmados por el jefe de inspección. Aunque en mi caso coincide con la eslora total, siempre hemos dicho que se podría haber hecho el barco mas grande, pero me parece un poco exagerado 7,5/0,8=9,375 m (no se lo cree nadie).

En resumen, yo creo que cuenta la eslora que te firme el inspector; no se si los inspectores tendrán alguna circular que les aclare el criterio.

Saludos.
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Pirata Pata Palo
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Registrado: 28 Dic 2004
Mensajes: 396
Zona de Navegación: Mar Menor

MensajePublicado: 02/01/06 23:15    Asunto: : Impuesto de Matriculación - Exención <7,50 m - consulta Responder citando

Os cuento mi experiencia:
Estoy construyendo un catamarán de 25' (7,62 m) y el ingeniero que me dirige el proyecto me indicó que recortase a 7,49 m para no "sujetarme" a la norma con unos Eurípides extra.
Al comentarle lo de los porcentajes me dijo que no hay tu tía, o sea, eslora total < 7,50 m.
Saludos tabernarios
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La Bohemia
Capitán Pirata
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Registrado: 23 Jul 2005
Mensajes: 575
Zona de Navegación: Restaurando barco Inglés en Barcelona

MensajePublicado: 04/01/06 04:20    Asunto: : Impuesto de Matriculación - Exención <7,50 m - consulta Responder citando

Pues no se yo si se le puede pedir al ingeniero naval que ponga datos falsos.Si por cualquier motivo,se descubre,se puede jugar su carrera.

Además en algunos casos,el ingeniero naval va acompañado de un funcionario o de otro ingeniero que ES de capitanía.Así que.........

MI barco mide menos de 7 metros,no pago matriculación,pero me han pedido unas pruebas y unas mediciones para comprobar que tiene tales medidas, y eso lo harán con la supervisión de una persona de capitanía.
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