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La Taberna del Puerto Antiguo Foro de la Taberna del Puerto
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Mensaje |
trak Pirata Pata Palo


Registrado: 18 Abr 2005 Mensajes: 390
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Publicado: 15/05/06 20:42 Asunto: si una empresa, compra una embarcacion..... |
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Si una empresa compra a un particular una embarcacion(por aquello de que el comprador asi quiere hacerlo, por lo del desgrave económico),que datos deben figurar en el contrato de compra venta, para que no existan problemas en los pagos del impuesto(famoso impreso 206, me parece), y si debe figurar el dni de el gerente o propietari de la empresa, o basta con el nif de esa empresa?.
Que me aconsejais, el dinero lo tendré seguro, pero y los posibles problemas por lo de figurar una empresa como parte compradora?  |
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pampano Pirata Pata Palo


Registrado: 02 Ago 2005 Mensajes: 472 Zona de Navegación: Mar de Alborán
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Publicado: 15/05/06 21:56 Asunto: |
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A efectos fiscales, el comprador será la empresa con su CIF, pero la empresa ha de estar representada por alguien, que debe de estar identificado.
Pampano _________________ Saludos y buena mar. |
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TATATOA Capitán Pirata


Registrado: 04 Mar 2005 Mensajes: 597 Zona de Navegación: BARCELONA-MARESME-BALEARES
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Publicado: 16/05/06 14:24 Asunto: |
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Se tiene que tener en cuenta que el particular que vende no puede emitir una factura con IVA. (salvo que sea empresario autonomo con IAE para efectuar esa transcacción).
En Cataluña la Generalitat gestiona el "Impuesto sobre Transmisiones y actos juridicos documentados" y se deberá de llevar el Contrato de Compra-venta con los datos completos de ambas partes, nombres, domicilios y DNI y CIF, y en el que quedará claro el importe de la transacción.
Sobre esa cantidad se pagará el impuesto, creo que es el modelo 600 y un 4 %.
A partir de eso pues a llevar todo el papeleo a la Capitania Maritima de zona.
Poner el Barco a nombre de la Empresa, pues bien, pero la empresa debe de emitir una autorización a la persona que vaya a utilizar habitualmente la embarcación.
Despues en caso de una hipotetica inspección de Hacienda, se debe de justificar la necesidad real que tiene la empresa para poseer la embarcación con el fin de que los gastos que se deducen del impuesto de sociedades son justos para desarrollar el normal funcionamiento de la empresa.
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