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PIK Pirata Pata Palo


Registrado: 31 Dic 2005 Mensajes: 228 Zona de Navegación: Valencia
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Publicado: 13/01/06 22:45 Asunto: MULTAS |
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¿Alguien sabe cunto es la multa por no llevar la balsa, o el depósito de aguas negras? No quiero abrir un debate sobre si hay que llevarla o no, solo me gustaría saber hasta que punto vale la pena arriesgarse a que te multen, teniendo en cuenta que la balsa más barata está sobre los 1400 € + 250 de revisión anual (un robo si se va a usar una vez al año).
Gracias y para todos |
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Kampay Piratilla

Registrado: 15 Dic 2005 Mensajes: 59
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Publicado: 14/01/06 12:10 Asunto: : MULTAS |
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PIK
No quiero hacerme el resabido, pero en el caso de la balsa salvavidas...es de las cosas que uno lleva a bordo no porque sea obligatorio, sino por lo que su nombre indica. |
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PIK Pirata Pata Palo


Registrado: 31 Dic 2005 Mensajes: 228 Zona de Navegación: Valencia
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Publicado: 15/01/06 15:27 Asunto: : MULTAS |
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Kampay,
totalmente de acuerdo pero en ese caso alquilo una balsa una vez al año para ir a Ibiza y el resto, cuando navego a 2 millas de la costa, no la llevo. Esto sería lo lógico, creo, y además sería también lógico hacer la inspección cada 3 años como indica el fabricante y no cada año como dice la comandancia.... algo me huele a podrido...
Volviendo al tema, o todos los tabernarios llevan el barco 100% en regla ( ) o nunca han parado a nadie.... A mi en 14 años no me han parado nunca pero me da algo de miedo, sobre todo por el importe de la multa.
POR FAVOR, a nadie del foro le han multado por no llevar balsa? |
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Dunic Corsario


Registrado: 02 Dic 2004 Mensajes: 1697 Zona de Navegación: Barcelona
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Publicado: 15/01/06 20:40 Asunto: Re: : MULTAS |
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| Kampay escribió: | PIK
No quiero hacerme el resabido, pero en el caso de la balsa salvavidas...es de las cosas que uno lleva a bordo no porque sea obligatorio, sino por lo que su nombre indica. |
Totalmente de acuerdo, y es mejor "esperar" en una balsa que en el agua -sobretodo en invierno- .
si navegas poco y cerca de la costa alquilala cuando la necesites
Lo de las revisiones , mejor no coment
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pi Pirata Pata Palo


Registrado: 08 Ago 2005 Mensajes: 435 Zona de Navegación: internet, submarino "MetroMadrid" y Puerto de Sagunto
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Publicado: 15/01/06 21:05 Asunto: : MULTAS |
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Hola.
Todos los detalles sobre la clavada que te pueden meter están en el capítulo IV (a partir del art. 11) del R.D. 1434/1999. Está aquí:
http://www.boe.es/boe/dias/1999/09/11/pdfs/A33009-33027.pdf
Pero recuerda que nadie te puede inspeccionar el barco sin una orden judicial o sin una orden de la DGMM, ese mismo R.D. pone:
E) Reconocimientos extraordinarios.
Los reconocimientos extraordinarios se realizarán:
a) A requerimiento de un órgano judicial.
b) Por resolución motivada de la Dirección General de la Marina Mercante, cuando se tenga conocimiento fundado de hechos que puedan poner en peligro la seguridad marítima, así como para prevenir la contaminación del medio ambiente marítimo.
Y sobre todo, sobre todo, ten en cuenta que la peor sanción es no tenerla cuando te pueda hacer falta (Más vale un porsiaca que cien penseques)
Salud y viento fresquito.  _________________ Cortando huevos se aprende a capar.
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